El Reglamento de la Unión Europea 260/2012, de 14 de marzo de 2012, por el que
se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los
adeudos domiciliados en euros, es el que regula estas dos cosas.
Se considera,
y así se dice textualmente en el Reglamento previamente citado, que “para poder ejecutar una transferencia, la
cuenta de pago del beneficiario debe ser accesible. Así pues, a fin de
favorecer la adopción con éxito de servicios de transferencias y adeudos
domiciliados comunes a toda la
Unión , debe establecerse una obligación de accesibilidad en
toda la Unión ”.
Para ello se
ha creado el IBAN, que se debe utilizar obligatoriamente en todas las
operaciones dinerarias desde el
pasado 1 de febrero de 2014.
El
Código Internacional de Cuenta Bancaria o “International Bank
Account Number” (IBAN)
es un código alfanumérico que identifica una cuenta
bancaria determinada en una entidad financiera en cualquier lugar
de Europa, de tal modo que, puesto que a cada cuenta le corresponde un único
IBAN, a través de éste, se identifica el
país, la entidad, la oficina y la cuenta.
¿Cuáles
son sus características?
Como
máximo, tendrá 34 caracteres. De ellos, los dos primeros siempre son
alfabéticos e identifican el país (en España, estos
dos primeros caracteres son “ES”).
Los dos siguientes son dígitos de control y
constituyen el elemento de validación de la totalidad del IBAN. Los restantes
son el número de cuenta, que, en la mayoría de los casos, identifica además la
entidad y la oficina.
Principales
características del IBAN en España:
1.
Sustituye al CCC (Código Cuenta Cliente) que, antes
aparecía en todas nuestras libretas (en las que no se han renovado a partir del
1 de febrero de 2014 puede seguir apareciendo), para todas las transferencias y
adeudos domiciliados en la
Zona SEPA , así como para todas las operaciones a realizar con
el extranjero.
2.
En nuestro país consta de 24 caracteres.
3. Al escribirlo en un documento, se deben agrupar los
dígitos del código en bloques de 4, precedidos por las siglas “IBAN”.
¿A quién
afecta?
A todo titular
de una cuenta, sea persona física o
jurídica.
¿Cómo puedo
conocer cuáles son los dos primeros dígitos del IBAN para saber a qué país
corresponde una determinada cuenta)?
Tienes varias
opciones: puedes preguntarlo en tu entidad bancaria, u obtener la información
de Internet.
Hay una página
web de la SEPA ,
(os dejo el enlace), que va muy bien para ello, pero en caso de duda, consúltalo
siempre.
Espero que
esta información os resulte de utilidad. Si alguien quiere que le explique algo
más, ya que he intentado resumirlo al máximo, puede ponerse en contacto
conmigo.
Saludos,
Soraya Chiva,
Abogada.