martes, 1 de abril de 2014

INICIO DE LA CAMPAÑA DE IRPF DE 2013.




¡Buenos días!
Hoy, día 1 de abril de 2014 se inicia la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2013.
Es decir, a partir de hoy, se puede solicitar el borrador del IRPF. Puesto que otros años, algunos borradores han contenido errores, mi recomendación es revisarlo bien, antes de su presentación definitiva, bien uno mismo, bien contratando a alguien que sepa hacerlo. (En este despacho lo hacemos, por si alguien está interesado).
Este año hay numerosas modificaciones o variaciones respecto a 2012 y años anteriores, la principal de las cuales es que NO SE PERMITE LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES HECHAS A MANO, sino que hay que presentarla, sí o sí, por medios telemáticos.
Es decir, que o uno mismo lo presenta a través de Internet, desde la página web de Hacienda, o bien puede acudir a una Oficina de Hacienda, donde le ayudarán a realizar y presentar la declaración. En este último caso, hay que pedir cita previa.
Aunque la anterior es la principal novedad, hay que tener en cuenta que hay bastantes más.
Básicamente (si alguien quiere saber más, puede consultarme sin problema), las principales novedades respecto al IRPF de 2012 son las siguientes, según han indicado los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha):

1.      Ahorro en la declaración con el pago a sindicatos, ONGs, partidos políticos, colegios de huérfanos, colegios profesionales con carácter obligatorio o de defensa jurídica contra el empleador.
Las cantidades varían en cada caso, por lo que es conveniente saber cuál es la cantidad exacta a  deducir.

2.      Cuenta ahorro- empresa para constituir una sociedad. Si en 2012 creaste una Sociedad Limitada (siempre que fuera nueva empresa), podrás deducirte hasta el 15% de las aportaciones realizadas, hasta el límite máximo permitido (9000 euros anuales).

3.      Premios de Lotería. Ahora sí que se tributa por ellos, desde el 1 de enero de 2012, aunque sólo si el premio excede de 2500 euros.


4.      Ventajas para los planes de pensiones. En los ejercicios fiscales de 2012 a 2014 se han incrementado los tipos del IRPF, desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, en función de los niveles de ingresos.
Recuerdan los técnicos de Hacienda que, al final de la vida laboral, estas aportaciones garantizarán unos ingresos y también un ahorro fiscal de entre el 24,75 % al 52 % de la inversión realizada (porcentajes superiores en algunas Comunidades Autónomas).

5.      Desaparición de la desgravación por la compra de vivienda habitual a partir de 2013, salvo en Navarra y en el País Vasco.

6.      Arrendamiento de inmuebles hipotecados. En los casos en que los intereses anuales abonados a la entidad financiera, más el resto de gastos del inmueble (IBI, amortización, comunidad, etc) superen el importe anual que el dueño recibe por el arrendamiento, la tributación por el IRPF puede generar rendimientos negativos, compensables con otras posibles rentas que declare el contribuyente.


7.      Incentivos para los “business angels”. Los negocios que hayan contado con el apoyo de familiares o amigos tienen ventajas fiscales. Se trata de potenciar o facilitar que las personas que sólo estén interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad (lo que se llama “capital semilla”), puedan hacerlo. Se trata de que puedan crearse nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo que oscila entre 3 y 12 años.
A estas inversiones se les aplica una deducción del 20 % en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad.
El límite máximo anual de deducción será de 50000 euros. La participación nunca superará el 40 % del capital social.

8.      Venta de inmuebles urbanos adquiridos en 2012. ¿Disponías de un inmueble urbano, comprado entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2013? ¿Lo has vendido durante 2013 o vas a hacerlo en próximos ejercicios? Si este es tu caso y no vas a vendérselo a tu cónyuge, ni a tus parientes hasta el segundo grado, ni tampoco a ningún tipo de entidad relacionada contigo, has de saber que puedes lograr un ahorro fiscal de hasta el 50% respecto a la tributación que te correspondería para antes del 12 de mayo de 2012.

9.      Aumento de la carga fiscal para las ganancias especulativas. El tipo de gravamen a pagar por las pérdidas y ganancias patrimoniales generadas en un año o menos de un año puede variar desde el 24,75 % y el 52 % (56% en el caso de Cataluña, Asturias y la Comunidad Valenciana). Sin embargo, las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en plazos superiores al año, tendrán los siguientes tipos impositivos:

a)      Plusvalías inferiores a 6000 euros: 21 %.
b)      Plusvalías de entre 6001 y 24000 euros: 25 %.
c)      Plusvalías superiores a 24000 euros: 27%.

10.  Deducción por hogares adaptados para personas con discapacidad antes de 2012. Aquellos contribuyentes que se hayan visto obligados a satisfacer cantidades antes del 1 de enero de 2013 para ampliar la superficie habitable de su vivienda o para llevar a cabo obras de rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciéndose las cantidades pagadas ese año.

Lo anterior es lo más significativo de lo que se va a aplicar para la realización de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes al año 2013.

Como os decía al inicio, en este despacho hacemos declaraciones, por lo que si precisáis que alguien os haga la vuestra o bien, necesitáis algún tipo de información para poder realizarla correctamente, podéis contactar conmigo por teléfono (964563568) o por mail (soraya.chiva@icacs.com).

Saludos.

Soraya Chiva,


Abogada.